El Servicio de Impuestos Internos informó la dictación de un conjunto de medidas tributarias excepcionales destinadas a apoyar a los contribuyentes afectados por los incendios forestales ocurridos en las regiones de Ñuble y Biobío. Estas disposiciones se materializan a través de la Resolución N°14 y la Circular N°4, y buscan aliviar la carga tributaria de personas y empresas impactadas por la emergencia.
Entre los principales efectos, se establece la condonación automática de intereses y multas por atrasos en la declaración y/o pago de impuestos correspondientes a los períodos de diciembre de 2025 y enero de 2026. Este beneficio aplica a contribuyentes cuya casa matriz se encuentre en comunas afectadas, siempre que la declaración se realice vía internet y hasta el 28 de febrero de 2026.
Asimismo, el SII dispuso la facilitación del tratamiento tributario de gastos y donaciones vinculados a la emergencia, permitiendo deducir gastos asociados al enfrentamiento de los incendios y efectuar donaciones en dinero o especies sin castigo tributario ni afectación del IVA, de acuerdo con la normativa vigente.
Finalmente, las medidas consideran criterios más flexibles para informar y acreditar pérdidas de mercadería y destrucción de documentación contable, incluyendo la posibilidad de condonar multas, con el objetivo de adaptarse a la situación excepcional que enfrentan los contribuyentes damnificados.